ZEC: actividades y sectores permitidos (lista completa 2025)
Descubre qué actividades económicas pueden acogerse al régimen fiscal de la Zona Especial Canaria y cuáles quedan excluidas. Guía actualizada 2025.
La Zona Especial Canaria (ZEC) ofrece un tipo reducido del 4% en el Impuesto sobre Sociedades, pero no cualquier empresa puede acogerse. La actividad que desarrolla la sociedad debe estar expresamente incluida en el listado oficial aprobado por el Consorcio ZEC.
En este artículo repasamos qué sectores están permitidos, cuáles quedan fuera y qué ocurre cuando una empresa realiza actividades mixtas.
¿Quién determina las actividades permitidas?
El catálogo de actividades ZEC está regulado por la Ley 19/1994 de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y sus sucesivas modificaciones. La lista se articula por códigos CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas).
El Consorcio ZEC es el organismo encargado de verificar que la actividad solicitada esté incluida y de autorizar la inscripción en el Registro Oficial de Entidades de la ZEC.
Sectores incluidos en la ZEC
Industria y manufactura
Las empresas industriales que produzcan bienes en Canarias pueden acogerse al régimen ZEC, siempre que generen empleo local y realicen inversión en activos fijos.
- Fabricación de productos alimenticios y bebidas
- Industria química y farmacéutica
- Fabricación de maquinaria y equipos
- Industria textil y de confección
- Fabricación de productos de plástico y caucho
- Industria de la madera y el corcho
Servicios tecnológicos y digitales
Es uno de los sectores con mayor crecimiento dentro de la ZEC, especialmente tras la pandemia que impulsó la economía digital.
- Desarrollo de software y aplicaciones
- Consultoría informática y tecnológica
- Servicios de procesamiento de datos
- Hosting y cloud computing
- Ciberseguridad
- Comercio electrónico (e-commerce)
- Marketing digital y publicidad online
Comercio mayorista
El comercio al por mayor de determinados productos puede beneficiarse del tipo del 4%, siempre que se trate de operaciones con terceros países o entre empresas (B2B).
- Intermediación comercial internacional
- Importación y exportación de mercancías
- Distribución mayorista de productos no alimenticios
- Trading internacional
Servicios a empresas
- Asesoría y consultoría empresarial
- Servicios jurídicos internacionales
- Gestión de activos y patrimonios
- Auditoría y contabilidad
- Ingeniería y arquitectura
- Investigación y desarrollo (I+D)
Logística y transporte
Canarias, por su posición geográfica estratégica entre Europa, África y América, tiene un sector logístico especialmente activo en la ZEC.
- Almacenamiento y logística de mercancías
- Transporte marítimo y servicios portuarios
- Agencias de carga y transitarios
- Reparación y mantenimiento de buques
Energías renovables
- Producción de energía solar, eólica e hidráulica
- Servicios de eficiencia energética
- Consultoría en energías renovables
- Fabricación de equipos para energías limpias
Turismo y actividades relacionadas
- Gestión de establecimientos turísticos
- Agencias de viajes mayoristas
- Servicios de ocio y entretenimiento vinculados al turismo
- Formación turística
Actividades excluidas de la ZEC
No todas las empresas pueden acogerse al régimen ZEC. Quedan expresamente excluidas:
- Entidades financieras y aseguradoras: bancos, cajas de ahorro, compañías de seguros, fondos de inversión
- Sociedades holding puras: las que solo tienen participaciones en otras sociedades sin actividad propia
- Comercio minorista: venta directa al consumidor final en establecimientos físicos
- Inmobiliarias sin actividad de promoción: las que solo gestionan patrimonio inmobiliario propio
- Actividades de juego y azar
- Actividades primarias sin transformación: agricultura y pesca en su estado más básico
Actividades mixtas: ¿qué ocurre?
Cuando una empresa realiza tanto actividades incluidas como excluidas de la ZEC, solo tributa al 4% la base imponible correspondiente a las actividades permitidas. El resto tributa al tipo general.
Para calcular correctamente la base ZEC en estos casos es imprescindible llevar una contabilidad analítica que permita separar los ingresos y gastos de cada tipo de actividad.
Cómo verificar si tu actividad está incluida
El proceso habitual es:
- Identificar el código CNAE de tu actividad principal
- Consultar el listado oficial de actividades ZEC publicado por el Consorcio
- Solicitar informe previo al Consorcio ZEC si hay dudas sobre la clasificación
- Presentar la solicitud de inscripción en el Registro ZEC con la documentación acreditativa
En ALY Abogados analizamos tu actividad y te indicamos si cumple los requisitos para acogerte al régimen ZEC. Consulta gratuita y sin compromiso al 633 572 607.
Si te interesa, lee también:
¿Necesitas asesoramiento?
Cuentanos tu caso. Consulta gratuita y sin compromiso.