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ZEC5 de marzo de 2026

ZEC: qué es la Zona Especial Canaria y por qué pagar solo el 4% de impuestos

La Zona Especial Canaria permite a empresas tributar al 4% en el Impuesto de Sociedades. Requisitos, actividades elegibles y cómo beneficiarte en 2026.

La ZEC: el secreto fiscal mejor guardado de España

Mientras las empresas españolas tributan al 25% en el Impuesto de Sociedades, las entidades registradas en la Zona Especial Canaria (ZEC) pagan solo el 4%. No es un paraíso fiscal ni un esquema agresivo: es un régimen autorizado por la Unión Europea expresamente para Canarias.

Si tienes una empresa o estás pensando en crear una, la ZEC puede suponerte un ahorro fiscal de hasta el 21% sobre los beneficios.


¿Qué es la Zona Especial Canaria?

La ZEC es un régimen fiscal especial aprobado por la Unión Europea en el marco del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, regulado principalmente por la Ley 19/1994.

Fue creada con el objetivo de promover el desarrollo económico de Canarias, compensar los costes derivados de su condición de región ultraperiférica (lejanía, insularidad, dependencia de recursos limitados) y fomentar la creación de empleo.

La autoridad que gestiona el registro y control de las entidades ZEC es el Consorcio de la Zona Especial Canaria, con sede en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife.


Ventajas fiscales principales

1. Tipo impositivo del 4% en el Impuesto de Sociedades

Este es el beneficio estrella. Frente al tipo general del 25% (o el 23% para pymes), las entidades ZEC tributan al 4% sobre la base imponible especial ZEC.

2. Exención de retenciones

Los dividendos y participaciones en beneficios distribuidos por entidades ZEC a no residentes están exentos de retención en muchos supuestos.

3. Bonificaciones en el IGIC

Las operaciones entre entidades ZEC y las realizadas en el ámbito ZEC pueden beneficiarse de tipos reducidos o exenciones en el IGIC (el IVA canario).

4. Compatibilidad con la red de convenios de doble imposición de España

Las entidades ZEC son residentes fiscales españolas, por lo que pueden beneficiarse de todos los convenios de doble imposición firmados por España.


¿Quién puede constituir una entidad ZEC?

Pueden constituir entidades ZEC tanto personas físicas como jurídicas, nacionales o extranjeras. Los requisitos principales son:

Requisito de nueva actividad

La entidad ZEC debe desarrollar una actividad económica nueva en Canarias. No se permite la simple relocalización de actividades ya existentes.

Requisito de inversión mínima

  • En Gran Canaria y Tenerife: 100.000 € de inversión en activos fijos (excluidos terrenos y inmuebles) en los dos primeros años
  • En el resto de islas: 50.000 €

Requisito de creación de empleo

  • En Gran Canaria y Tenerife: 5 puestos de trabajo en los seis primeros meses
  • En el resto de islas: 3 puestos de trabajo

Requisito de actividad autorizada

Solo determinadas actividades pueden acogerse al régimen ZEC. Las más habituales incluyen:

  • Comercio mayorista e intermediación comercial
  • Servicios de telecomunicaciones y tecnología
  • Consultoría y servicios profesionales
  • Industria manufacturera
  • Logística y transporte
  • Servicios financieros (con restricciones)

¿Qué base imponible tributa al 4%?

Importante: no todos los beneficios tributan al 4%. Solo tributa a ese tipo la base imponible especial ZEC, que está limitada en función del número de empleados:

Empleados en CanariasBase imponible máxima al 4%
5-9 trabajadores1.800.000 €
10-19 trabajadores2.400.000 €
20-29 trabajadores3.000.000 €
30-39 trabajadores3.600.000 €
40-49 trabajadores4.200.000 €
50+ trabajadores4.800.000 €

El exceso sobre ese límite tributa al tipo general del IS.


Obligaciones de las entidades ZEC

A cambio de los beneficios fiscales, las entidades ZEC tienen obligaciones específicas:

  • Domicilio social y sede de dirección efectiva en Canarias
  • Mantener los empleos mínimos durante toda la vigencia del régimen
  • Realizar la inversión mínima comprometida
  • Presentar declaraciones periódicas ante el Consorcio ZEC
  • Cumplir con los requisitos de sustancia económica (actividad real en Canarias)

El incumplimiento de estas obligaciones puede suponer la pérdida del régimen y la regularización de los impuestos no pagados con intereses y sanciones.


¿Es compatible la ZEC con otras ayudas europeas?

La ZEC es compatible con otras ayudas europeas siempre que se respeten los límites de acumulación de ayudas de estado. En Canarias, dado su estatus de región ultraperiférica, estos límites son más generosos que en el resto de España.


¿Cuánto se puede ahorrar realmente?

Ejemplo práctico: Una empresa con 6 empleados en Canarias y beneficios de 500.000 €:

  • Sin ZEC: 500.000 × 25% = 125.000 € de IS
  • Con ZEC: 500.000 × 4% = 20.000 € de IS
  • Ahorro: 105.000 € anuales

Con unos honorarios de asesoramiento de unos pocos miles de euros, el ROI es enorme.


ALY Abogados: asesoramiento ZEC en Las Palmas

En ALY Abogados asesoramos a empresas en todo el proceso de constitución y mantenimiento de entidades ZEC: desde el análisis de viabilidad hasta el cumplimiento de obligaciones periódicas ante el Consorcio.

Si estás pensando en crear una empresa en Canarias o ya tienes una y quieres saber si puedes beneficiarte del régimen ZEC, solicita tu consulta gratuita.

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