✅ Esta semana hemos conseguido exonerar 38.000€ en deudas para un cliente en Las Palmas Consulta gratuita →

Volver al blog
Segunda Oportunidad17 de julio de 2025

¿Se puede cancelar la deuda con la comunidad de propietarios?

Las deudas con la comunidad de vecinos son exonerables en la Segunda Oportunidad. Pero hay matices importantes sobre la vivienda habitual que debes conocer.

Las deudas comunitarias, una carga más frecuente de lo que parece

Las cuotas de la comunidad de propietarios impagadas pueden acumularse rápidamente. A las cuotas ordinarias se suman derramas extraordinarias, intereses de demora y costas si la comunidad ha iniciado un procedimiento judicial. No es raro encontrar deudores con 5.000-15.000 € acumulados solo con la comunidad.

La buena noticia es que estas deudas sí pueden incluirse en la Segunda Oportunidad.


¿Son exonerables las deudas con la comunidad de propietarios?

Sí. Las deudas con la comunidad de propietarios son créditos ordinarios y, como tales, son exonerables mediante el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho).

No son créditos privilegiados especiales ni están excluidos expresamente de la exoneración como sí lo están las pensiones alimenticias o las multas penales.


Matiz importante: la afección real del piso

La Ley de Propiedad Horizontal establece que el piso responde de las deudas comunitarias de los últimos tres años más el año en curso (art. 9.1.e LPH). Esto significa que si vendes el piso, el comprador puede verse obligado a pagar esas deudas si no se liquidan antes.

Sin embargo, esto no significa que la comunidad pueda embargarte el piso mientras vives en él por deudas comunitarias exclusivamente. Lo que sí puede hacer es iniciar un procedimiento monitorio y obtener un embargo sobre el inmueble.


Estrategia recomendada

Si la deuda con la comunidad forma parte de un conjunto mayor de deudas (banco, Hacienda, préstamos...), lo más eficiente es incluirla en el proceso de Segunda Oportunidad junto con el resto.

Si la deuda con la comunidad es la única o la principal, puede ser más sencillo negociar directamente un plan de pagos con la comunidad.


¿Puede la comunidad oponerse a la exoneración?

Sí, puede presentar alegaciones en el proceso concursal, pero salvo circunstancias muy específicas, las deudas ordinarias quedan exoneradas si se cumplen los requisitos legales.


Consulta gratuita

Si tienes deuda con la comunidad y otras deudas acumuladas, llámanos. Analizamos tu caso completo y te decimos qué es lo más conveniente.

📞 633 572 607

¿Necesitas asesoramiento?

Cuentanos tu caso. Consulta gratuita y sin compromiso.

Tus datos serán tratados de forma confidencial. Solo los usaremos para responder a tu consulta.

Llamar ahoraWhatsApp